El 27 de marzo de 2024, se publicó la Resolución General de la Inspección General de Justicia Nº 10/2024 (RG IGJ 10/24), marcando un cambio significativo en las regulaciones aplicables a las sociedades extranjeras que operan en el país.
Esta resolución modifica varios aspectos de la normativa, especialmente en relación con las sociedades vehículo, las sociedades off shore y el régimen informativo anual. En éste artículo te contamos las principales modificaciones:
¿Qué significa esto? Bueno, básicamente, se han eliminado las restricciones estrictas que antes limitaban la inscripción de las sociedades vehículo. Ahora, estas entidades pueden registrarse sin limitaciones de cantidad, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la normativa anterior (RG IGJ 7/15).
Se mantiene la prohibición de inscribir sociedades off shore, con excepciones para aquellas inscritas antes de la entrada en vigencia de la RG IGJ 7/15 (2/11/2015), las cuales deben cumplir un régimen informativo anual bajo pautas restrictivas.
Las sociedades extranjeras provenientes de países no cooperadores en transparencia fiscal o en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo podrán ser inscritas bajo criterios restrictivos. Deberán demostrar actividad empresarial significativa en su país de origen y proporcionar información detallada sobre sus socios.
Se reintroduce la posibilidad de trasladar la jurisdicción de las sociedades desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual puede facilitar la operatividad de las empresas.
¡Menos papeleo! La RG IGJ 10/24 elimina el requisito de presentar un plan de inversión para la inscripción de sociedades extranjeras, simplificando el proceso de registro y eliminando una posible barrera para la inversión.
Se extiende el periodo para cumplir con el régimen informativo anual de forma abreviada a cinco ejercicios consecutivos, lo que facilita el cumplimiento de obligaciones administrativas.
La resolución permite la inscripción de actos registrables de sociedades locales participadas incluso si la sociedad extranjera no ha cumplido con presentaciones anuales del régimen informativo, siempre y cuando sus votos no hayan sido determinantes para la decisión social.
Estas modificaciones representan un esfuerzo por eliminar barreras innecesarias y promover un entorno más receptivo para la inversión extranjera en Argentina. Al simplificar los procedimientos y adaptar las regulaciones a las necesidades actuales, se busca fomentar el crecimiento económico y fortalecer las relaciones comerciales internacionales.
Las sociedades vehículo se refieren a entidades controladas por sociedades extranjeras, cuyo propósito exclusivo es invertir en el país. Surgieron para facilitar la entrada de inversiones legítimas y genuinas de grupos económicos trasnacionales, permitiendo sectorizar negocios o planificar fiscalmente. Aunque su regulación por la Inspección General de Justicia data del 2004, su función principal es servir como un instrumento específico para canalizar inversiones en Argentina.